Micelio

Artículo 1

Ley 11 de 1879 · Que crea un Juzgado nacional de 1a instancia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Créase un Juzgado nacional de primera instancia en el Territorio de San Andrés i San Luis de Providencia, con las atribuciones que le señalan el Código judicial i demás leyes de la Union.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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