Micelio

Artículo 1

Decreto 613 de 1949 · Por el cual se releva a algunos funcionarios de la obligación de presentar certificado de Policía

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo Único. Relevase de la obligación de presentar certificado de Policía de que trata el Decreto número 884 de 1944, a los siguientes funcionarios del ramo Electoral: Registrador Nacional del Estado Civil. Secretario General de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Secretario Privado del Registrador Nacional del Estado Civil. Visitadores Nacionales de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Delegados Departamentales de la Registraduría Nacional del Estado Civil. Comuníquese y publíquese

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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