Micelio

Artículo 2.2.8.18.5.5

Control De Procedimiento En El Proceso Único De Policía

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Control de procedimiento en el proceso único de policía. Las autoridades de policía de segunda instancia, mediante auto motivado, podrán realizar en cualquier tiempo el control de legalidad del procedimiento realizado por la primera instancia, en el ámbito propio de sus competencias, pudiendo como consecuencia de dicho control abstenerse de imponer medidas correctivas, conmutar, reemplazar, dosificar las impuestas o sustituirlas por amonestación y/o participación en programa comunitario o actividad pedagógica de convivencia; lo anterior se deberá igualmente realizar mediante auto de policía motivado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1070 de 2015