Micelio

Artículo 21

, Numeral 4 De Este Decreto

Decreto 2461 de 1980 · Por el cual se dictan disposiciones sobre corporaciones financiaeras

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo veintiuno . Con excepción de Ias disposiciones legales que expresamente se derogan en el artículo siguiente, continúan vigentes aquellas que otorgan facultades especiales o reglamenten actividades específicas en las que puedan participar Corporaciones Financieras. Los empréstitos negociados con organismos internacionales por el Banco de la República y que se canalizan a través de las Corporaciones Financieras continuarán rigiéndose por las disposiciones acordadas en los respectivos contratos. Las inversiones que realice el Instituto de Fomento Industrial con recursos provenientes del Presupuesto Nacional o una entidad descentralizada del mismo, o en virtud de disposición legal, no se tendrán en cuenta para los efectos de lo dispuesto en el artículo 5º, numeral 4 de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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