Micelio

Artículo 14

Adiciónese Dos Parágrafos Al Artículo 49 Del Decreto 1091 De 1995, Los Cuales Quedarán Así: Parágrafo 2°

Decreto 669 de 2022 · por el cual se modifican y adicionan los Decretos 1091 de 1995, 4433 de 2004 y 1858 de 2012 para el personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adiciónese dos

Parágrafo

s al artículo 49 del Decreto 1091 de 1995, los cuales quedarán así:

Parágrafo 2

De conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 2179 de 2021 por la cual se establecen las distinciones para el personal en el grado de Patrulleros del Nivel Ejecutivo, en concordancia con la remuneración establecida en el artículo 14C del presente decreto, el personal de Patrulleros del Nivel Ejecutivo en servicio activo se le liquidarán las prestaciones sociales unitarias y periódicas con las partidas contempladas en el presente artículo, incluyendo la mitad (1/2) de la distinción que ostente al momento de causar el derecho.

Parágrafo 3

Para efectos de la liquidación de las cesantías al personal de Patrulleros del Nivel Ejecutivo en servicio activo, se tomará la distinción dispuesta en el artículo 14C del presente decreto en su totalidad.

Parágrafo

s 2 y 3 ) Artículo 49 DECRETO 1091 de 1995 TÍTULO III ADICIONES A LOS DECRETOS 4433 DE 2004 Y 1858 DE 2012 CAPÍTULO I ADICIONES AL DECRETO 4433 DE 2004

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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