Micelio

Artículo 20

El Cajero Contador Rendirá Mensualmente Un Informe A La Junta Directiva Sobre El Movimiento Y La Existencia De Los Fondos A Su Cargo

Decreto 586 de 1934 · Por el cual se reglamenta la Ley 45 de 1933

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Cajero Contador rendirá mensualmente un informe a la Junta Directiva sobre el movimiento y la existencia de los fondos a su cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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