Dicho Cuerpo de Gendarmería tendrá su principal acantonamiento en el Municipio de Codazzi y dependerá inmediatamente del Gobernador de Santa. Marta, quien lo organizará conforme á los reglamentos que al efecto dicte el Ministerio de Guerra, y con personal escogido por vía de enganche, entre los habitantes de la misma región.
Ley 28 de 1909 →Vigente
Artículo 2
Ley 28 de 1909 · por la cual se favorecen algunas poblaciones contra las irrupciones de indígenas salvajes
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.