CIRCUNSTANCIAS DE AGRAVACION PUNITIVA. La pena imponible de acuerdo con los artículos anteriores, se aumentará de una sexta parte a la mitad si el hecho se cometiere
Aprovechando calamidad, infortunio o peligro común.
Aprovechando la confianza depositada en el agente del delito.
Valiéndose de la actividad de inimputable.
Aduciendo calidad supuesta, o invocando falsa orden de autoridad.
Sobre equipaje de viajeros en el transcurso del viaje o en hoteles, aeropuertos, muelles, terminales de transporte terrestre u otros lugares similares.
Sobre vehículo automotor o sobre objeto que se lleve en ellos.
Sobre cerca de predio rural, sementara, productos separados del suelo, máquina o instrumento de trabajo dejado en el campo, o sobre cabeza de ganado mayor o menor.
De noche, o en lugar despoblado o solitario.
Por dos o más personas que se hubieren reunido o acordado para cometer el hurto.
Sobre vestuario, equipo, combustibles, grasas o lubricantes destinados al servicio de las Fuerzas Militares o la Policía Nacional.