El que por medio de cualquier escrito dado a la publicidad, o en la tribuna pública, invitare formal y directamente a una rebelión o sedición, o comunicare instrucciones o indicare los medios para consumarlas, está sujeto, aunque la rebelión o sedición no se verifiquen, a confinamiento o arresto por dos meses a un año y a la multa de cien a mil pesos.
Delitos contra la Administración Pública
Del peculado