Articulo 1º El personal del Comité de Inmigración y Colonización creado por el Decreto número 596 de 1939. Será el siguiente: cuatro miembros designados por el Gobierno Nacional; el Director de Departamento de Inmigración y Extranjería del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Jefe de la Sección de Extranjeros de la Policía Nacional, y un miembro por cada una de las' entidades: Asociación Nacional de Industriales, Federación Nacional de Cafeteros, Sociedad Nacional de Agricultores y Cámara de Comercio de Bogotá.
Decreto 757 de 1947 →Vigente
Artículo 1
El Personal Del Comité De Inmigración Y Colonización Creado Por El Decreto Número 596 De 1939
Decreto 757 de 1947 · Por el cual se modifica el Decreto número 596, de 14 de marzo de 1939
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.