Micelio

Artículo 2.7.2.4

Quiénes Pueden Presentar Proyectos

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quiénes pueden presentar proyectos. Podrán presentar los proyectos de qué trata el artículo 2.7.2.3.del presente decreto, los siguientes:

1.

Organizaciones sociales y asociaciones de campesinos.

2.

Cooperativas agropecuarias de primer y segundo grado.

3.

Empresas comunitarias y formas asociativas.

4.

Asociaciones gremiales agropecuarias.

5.

Centros de formación agropecuaria.

6.

Grupos étnicos.

7.

Juntas de Acción Comunal.

8.

Entidades Territoriales.

(Decreto número 1567 de 2014, artículo 4°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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