Micelio

Artículo 2.7.2.4

Quiénes Pueden Presentar Proyectos

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quiénes pueden presentar proyectos. Podrán presentar los proyectos de qué trata el artículo 2.7.2.3.del presente decreto, los siguientes:

1.

Organizaciones sociales y asociaciones de campesinos.

2.

Cooperativas agropecuarias de primer y segundo grado.

3.

Empresas comunitarias y formas asociativas.

4.

Asociaciones gremiales agropecuarias.

5.

Centros de formación agropecuaria.

6.

Grupos étnicos.

7.

Juntas de Acción Comunal.

8.

Entidades Territoriales.

(Decreto número 1567 de 2014, artículo 4°)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1071 de 2015