Las mercaderías importadas por la Aduana de Riohacha con la franquicia concedida por la ley 54 de 1870, no podrán extraerse para ningun otro puerto de la República sino con la condicion de pagarse los derechos en la Aduana por donde se haga la introduccion.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.