Seguimiento y evaluación. Sin perjuicio de la interventoría de cada contrato, el Consejo Regional podrá autorizar la contratación de asesoría técnica especializada para realizar las actividades de coordinación, seguimiento, evaluación y control de los programas y proyectos financiados con recursos del respectivo Fondo de Inversiones para el Desarrollo Regional, individualmente o por grupos de proyectos. Igualmente, tales actividades podrán ser adelantadas directamente por la unidad técnica, conforme a las reglas y directrices que para tal fin señale el Departamento Nacional de Planeación.
Decreto 1113 de 1992 →Vigente
Artículo 11
Seguimiento Y Evaluación
Decreto 1113 de 1992 · por el cual se reglamenta la Ley 76 de 1985 y los Decretos 3083, 3085 y 3086 de 1986, en lo relativo a la ejecución de recursos de los Fondos de Inversiones para el Desarrollo Regional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.