Micelio

Artículo 35

Decreto 2407 de 1981 · Por el cual se expiden normas sobre elaboración, presentación y ejecución de los presupuestos departamentales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Término de presentación . El gobernador del departamento someterá el proyecto de ordenanza de presupuesto a consideración por conducto del Secretario de Hacienda dentro de los cinco (5) primeros días de sus sesiones ordinarias. De dichos proyectos se imprimirá una cantidad de ejemplares suficientes para su distribución entre todos los miembros de la asamblea.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2407 de 1981