Las normas contenidas en el presente código rigen la navegación y el transporte fluvial en todo el territorio nacional.
Lo dispuesto en este código se aplicará sin perjuicio de lo establecido en el Decreto-ley 2324 de 1984, la Ley 1º de 1991, la Ley 105 de 1993 , la Ley 336 de 1996 , el Código de Comercio, y demás normas legales y reglamentarias sobre la materia, así como también las que establezca el Ministerio de Transporte para desarrollar y complementar el presente Código.