º . Información de Suscriptores . Una vez autorizada judicialmente la interceptación, los Operadores de los Servicios de Telecomunicaciones deberán entregar a la Fiscalía General de la Nación toda la información referente a las coordenadas geográficas que permitan ubicar la celda en la cual se encuentra registrado el aparato terminal objeto de la interceptación, así como los datos del suscriptor, su identidad, dirección de facturación y tipo de conexión.
Los operadores deberán mantener actualizada la información de sus suscriptores, deber cuya observancia será verificada por el Ministerio de Comunicaciones. La información que suministre el suscriptor o la persona autorizada al operador de telecomunicaciones se entenderá prestada bajo juramento, circunstancia que expresamente se manifestará al usuario.