Articulo 2° Desde el primero de los corrientes fijanse en ciento diez y noventa pesos las asignaciones mensuales de Jefe y Ayudante de la misma cuarta Mesa, respectivamente. Comuníquese y publíquese.
Decreto 944 de 1918 →Vigente
Artículo 2
Desde El Primero De Los Corrientes Fijanse En Ciento Diez Y Noventa Pesos Las Asignaciones Mensuales De Jefe Y Ayudante De La Misma Cuarta Mesa, Respectivamente
Decreto 944 de 1918 · Por el cual se restablece un puesto y se fijan unas asignaciones en el ramo Telegráfico
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.