Micelio

Artículo 32

Decreto 862 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo 001 del 23 de marzo de 1994, por el cual se adoptan los Estatutos Internos, se establece parcialmente la Estructura Interna y se determinan las funciones de las dependencias del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Tesorería. Son funciones de la División de Tesorería

1.

Recaudar y administrar los ingresos del Instituto, según las normas vigentes sobre la materia.

2.

Efectuar el pago de las obligaciones del Instituto.

3.

Custodiar los documentos de valor del Instituto y responder por su debida seguridad e integridad.

4.

Controlar el manejo de las inversiones financieras con los recursos propios del Instituto.

5.

Cumplir con las normas legales y fiscales de rendición de cuentas.

6.

Efectuar el seguimiento y control, así como mantener información permanente sobre los ingresos, giros y pagos de tesorería por programas y proyectos.

7.

Elaborar informes periódicos sobre la situación de tesorería del Instituto.

8.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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