El Gerente General del Instituto Colombiano de Energía Eléctrica tendrá derecho a Gastos de Representación en una cuantía equivalente a la tercera parte del sueldo que le corresponda, según lo establecido en el artículo 1º del presente Acuerdo.
Los Subgerentes Administrativo Financiero, de Filiales y Técnico tendrán derecho a Gastos de Representación en una cuantía equivalente a la quinta, parte del sueldo que les corresponda, según lo establecido en el artículo 1º del presente Acuerdo.