Micelio

Artículo 61

Ley 4 de 1990 · por la cual se reorganiza la Procuraduría General de la Nación, se asignan funciones a sus dependencias y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Comisión de Apoyo en Asuntos Administrativos y Civiles estará integrada por el Viceprocurador General, quien la presidirá, los Procuradores Delegados para la Vigilancia Administrativa, para la Contratación Administrativa y Asuntos Presupuestales. Actuará como Secretario el Asesor del Despacho del Procurador General que éste designe.

Serán funciones de la Comisión:

a)

Llevar un registro actualizado de los procesos civiles y administrativos que a juicio del Procurador General o de los miembros de la Comisión revistan interés nacional;

b)

Asesorar en lo civil y administrativo la labor de los representantes de los intereses de la Nación y de la Procuraduría General que intervengan en dichos procesos;

c)

Informar al Procurador General sobre el estado de dichos procesos.

Esta Comisión se reunirá por lo menos una vez al mes y podrá invitar a sus sesiones a los Fiscales y funcionarios de la Procuraduría.

De las disposiciones generales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 4 de 1990