Autorícese al Gobierno nacional para que, por intermedio del Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y el Ministerio de Educación Nacional se cree el “Centro educativo para la Promoción y Divulgación de la memoria de Juan José Nieto Gil”, que tendrá su sede inicial en el municipio de Baranoa - Atlántico y podrá tener- sedes en San Basilio de Palenque - Bolívar, San Andrés Islas, Quibdó, Tumaco, Bogotá, Buenaventura y en los demás territorios de Colombia con mayor número de habitantes negros, afrocolombianos, raizales y palenqueros que se consideren pertinentes; como entidad adscrita al Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera.
El Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, determinará la estructura, el funcionamiento y los alcances del “Centro educativo para la Promoción y Divulgación de la memoria de Juan José Nieto Gil”.
El Ministerio de Educación Nacional buscará que las Instituciones educativas oficiales de educación primaria y media implementen la enseñanza sobre la biografía, vida, historia y obras del General Juan José Nieto Gil. Lo previsto en el presente artículo, de acuerdo con la disponibilidad financiera y el marco fiscal de mediano y largo plazo.