Micelio

Artículo 2

Decreto 3272 de 2008 · por el cual se modifica temporalmente el Arancel de Aduanas y se dictan otras disposiciones para la importación de productos del sector calzado.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Establecer un gravamen arancelario del 40%, para la importación de productos del sector calzado con precios declarados en términos FOB menores al siguiente: SUBPARTIDA ARANCELARIA DESCRIPCION PRECIO FOB USD/PAR 64.05.20.00.00 Los demás calzados con la parte superior de materia textil y el piso de una materia o combinación de materias no citadas en las anteriores subpartidas arancelarias de esta resolución. (No incluye zapato para bebés con estatura no superior a 86 cm.). 8.80

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3272 de 2008