Micelio

Artículo 1220

Ley 105 de 1931 · Sobre organización judicial y procedimiento civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En la misma fecha de la aceptación del cargo, y en el caso del artículo anterior, al día siguiente al del recibo del proceso, el Tribunal señala el día en que las partes deben comparecer ante él, para ser oídas. Este señalamiento se hace para uno de los seis días siguientes:

Las partes pueden comparecer el día señalado por medio de apoderado constituido ante los mismos arbitradoras. Pueden también las partes llevar al acto sus voceros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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