°. Las exenciones previstas en el artículo anterior, regirán por todo el tiempo de duración del contrato, salvo lo determinado en el artículo siguiente.
Decreto 177 de 1956 →Vigente
Artículo 3
Las Exenciones Previstas En El Artículo Anterior, Regirán Por Todo El Tiempo De Duración Del Contrato, Salvo Lo Determinado En El Artículo Siguiente
Decreto 177 de 1956 · Por el cual se fomenta la industria metalúrgica vinculada a la fabricación de motores y vehículos automotores en el país
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.