Derogado
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 35.Límite de remuneración. La remuneración anual que perciban los empleados públicos de que trata este decreto no podrá ser superior a la remuneración anual de los miembros del Congreso de la República.
Derogado Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo 35
Decreto 318 de 2020 · por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares; Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional; Personal del Nivel Ejecutivo de la Policía Nacional, y Empleados Públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional; se establecen bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines, Grumetes y Soldados, se modifican las comisiones y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
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LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 35.Límite de remuneración. La remuneración anual que perciban los empleados públicos de que trata este decreto no podrá ser superior a la remuneración anual de los miembros del Congreso de la República.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.