Trámite de la oposición. Con fundamento en el memorial de oposición y las pruebas que presente el opositor, el Incoder ordenará mediante auto dar traslado al interesado y al Agente del Ministerio Público Agrario por tres (3) días hábiles, para que presenten las alegaciones y aporten o soliciten las pruebas correspondientes. Concluido el término del traslado a que se refiere el inciso anterior, se decretarán las pruebas que fueren admisibles y las que el Incoder de oficio considere necesarias, para lo cual se señalará un plazo de diez (10) días hábiles. Culminado el período probatorio y practicadas las pruebas en que se apoye la oposición, se entrará a resolver el incidente.
Decreto 230 de 2008 →Vigente
Artículo 17
Decreto 230 de 2008 · por el cual se reglamenta la Ley 1152 de 2007 en lo relativo a la administración, tenencia y disposición de los terrenos baldíos nacionales, se establecen los procedimientos para su adjudicación, reserva, reversión y recuperación y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.