Artículo único. Derógase el artículo 2.° del Decreto 2568, del 26 de octubre de 1963, La vigencia del Decreto citado surtirá efectos a partir del 1.° de agosto de 1963.
Decreto 2719 de 1963 →Vigente
Artículo 2
Del Decreto 2568, Del 26 De Octubre De 1963, La Vigencia Del Decreto Citado Surtirá Efectos A Partir Del 1
Decreto 2719 de 1963 · Por el cual se deroga el artículo 23 Del decreto numero 2568, del 26 de Octubre de 1963
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.