Micelio

Artículo 19

Decreto 3116 de 1997 · por el cual se establece la reglamentación para la liquidación de la Corporación Social de la Superintendencia de Sociedades, Corporanónimas en liquidación.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuotas partes pensionales. Las cuotas partes de bonos pensionales que le corresponderían a Corporanónimas en liquidación; por cobrar y por pagar a entidades previsionales, pasarán al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Tesoro Nacional, Oficina de Bonos Pensionales, para su cobro y pago. El pago y cobro de las cuotas partes correspondientes a pensiones reconocidas por Corporanónimas o a reconocer por las Superintendencias respectivas, con posterioridad al 1º de abril de 1994, serán trasladadas a estas últimas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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