°. Acreditación de trabajos mineros. Con el fin de acreditar los trabajos de minería tradicional, los interesados en las solicitudes de legalización presentarán documentación comercial y técnica, entendiéndose por tales
Documentación Comercial. Facturas o comprobantes de venta del mineral, comprobantes de pago de regalías y/o cualquier otro documento que demuestre el ejercicio de la actividad minera sin interrupción por espacio de cinco (5) años, contados desde antes de la vigencia de la Ley 685 de 2001;
Documentación Técnica. Planos u otros documentos de naturaleza técnica donde se demuestre que los avances y desarrollos mineros corresponden al ejercicio de la actividad minera sin interrupción por espacio de cinco (5) años, contados desde antes de la vigencia de la Ley 685 de 2001.
La existencia mínima de la explotación se acreditará por el solicitante mediante los documentos y/o pruebas antes citados, durante un período de diez (10) años, antes de la vigencia de la Ley 1382 de 2010.