Art. 5. ° Los cargos designados en el artículo que precede, son de forzosa aceptación, no pudiendo exonerarse á los nombrados sino en caso de imposibilidad física comprobada con la declaración jurada de dos facultativos, rendida ante el Juez del Circuito ó la primera autoridad política del lugar en que residan los nombrados.
Decreto 209 de 1888 →Vigente
Artículo 5
Decreto 209 de 1888 · en ejecución de la ley 7ª de 1888 "sobre elecciones populares".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.