Artículo primero . A partir del 1º de octubre de 1980 limítase el aumento de la unidad de poder adquisitivo cons tante UPAC a un máximo de 21 por ciento anual. Las Corporaciones en todos sus documentos que expidan para el público expresarán las respectivas cantidades en UPAC lo mismo que su correspondiente equivalencia en moneda legal a la fecha d e la expedición respectiva del documento.
Decreto 2475 de 1980 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2475 de 1980 · Por el cual se interviene la actividad de las Corporaciones de Ahorro y Vivienda
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.