Micelio

Artículo 8

Decreto 2816 de 2006 · por el cual se diseña y reglamenta el Programa de Protección de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y de Justicia y se adoptan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Reserva de información . Para garantizar el derecho a la vida, integridad, libertad y seguridad de los beneficiarios del Programa de Protección de Derechos Humanos, quienes hayan intervenido en su estudio o implementación o quienes tengan conocimiento de las medidas de protección otorgadas, tendrán la obligación de mantener en estricta reserva la identidad de los beneficiarios y las medidas implementadas, d e conformidad con lo dispuesto en el artículo 72 en concordancia con el artículo 83 de la Ley 418 de 1997, modificada y prorrogada por las Leyes 548 de 1999 y 782 de 2002. TITULO II DE LAS MEDIDAS CAPITULO I Clasificación

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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