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Artículo 2.2.2.11.2.14

Formulario De Inscripción Y Anexos

Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Formulario de inscripción y anexos. El aspirante para auxiliar de la justicia deberá suministrar la información y los documentos anexos que para el efecto determine la Superintendencia de Sociedades. Sin perjuicio de lo anterior, deberá indicar en el formulario de inscripción:

1.

El tipo de documento de identidad y el número.

2.

La dirección del domicilio y el correo electrónico donde recibirá notificaciones judiciales, así como cualquier tipo de comunicación por parte de la Superinten­dencia de Sociedades.

3.

El cargo que desea ejercer: promotor, liquidador y/o agente interventor. El aspi­rante a formar parte de la lista de auxiliares de la justicia podrá inscribirse en uno solo de los cargos, en dos de los tres o en los tres.

4.

Las jurisdicciones en las que desea ejercer. El aspirante a formar parte de la lista de auxiliares de la justicia podrá inscribirse en una o varias jurisdicciones. Sin perjuicio de lo anterior, deberán relacionar una única dirección de domicilio y de notificación.

5.

La categoría a la cual desea pertenecer. El aspirante a formar parte de la lista de auxiliares de la justicia podrá inscribirse en una o más categorías siempre que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente decreto para cada una de las categorías que señale.

6.

El sector o sectores en los cuales tenga experiencia específica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.2.11.2.3 del presente decreto.

7.

El nivel al que corresponde su infraestructura técnica y administrativa: superior, intermedio o básico. El aspirante a formar parte de la lista de auxiliares de la justicia deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.2.11.2.3 y en las regulaciones de índole técnico existentes o que se expidan con posterioridad.

8.

Relacionar el grupo de profesionales y técnicos que le prestarán servicios en el desarrollo de sus funciones como auxiliar de la justicia. Para el caso de los profesionales, el auxiliar de la justicia acreditará ante la Superintendencia de So­ciedades la vigencia de la licencia, matrícula o tarjeta profesional expedida por la entidad competente que lo autorice para ejercer la profesión, según lo dispongan las normas vigentes que resulten aplicables.

9.

Si se encuentra incurso en alguna situación que conlleve un conflicto de intere­ses, de conformidad con lo previsto en la Sección 5 del Capítulo 11 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del presente decreto.

Parágrafo 1

El aspirante a formar parte de la lista de auxiliares de la justicia manifestará, bajo la gravedad de juramento, que la información y los documentos que ha proporcionado son veraces, no conducen a engaño o falsedad y están completos. El juramento se entiende prestado con el diligenciamiento del formulario de inscripción.

Parágrafo 2

La Superintendencia de Sociedades podrá exigir el suministro de información adicional en el evento en que requiera verificar el cumplimiento de alguno de los requisitos.

Parágrafo 3

El aspirante a auxiliar de la justicia podrá suministrar con su solicitud otros anexos que estime relevantes para acreditar su idoneidad y transparencia, como balances o certificaciones contables, declaraciones de bienes y rentas, entre otros.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.2.11.2.14. Formato de hoja de vida, formulario de inscripción y anexos. El aspirante para auxiliar de la justicia deberá suministrar la información y los documentos anexos que para el efecto determine la Superintendencia de Sociedades. Sin perjuicio de lo anterior, deberá indicar en el formato de hoja de vida y en el formulario de inscripción:

1.

El tipo de documento de identidad y el número.

2.

La dirección del domicilio y el correo electrónico donde recibirá notificaciones judiciales, así como cualquier tipo de comunicación por parte de la Superintendencia de Sociedades.

3.

El cargo que desea ejercer: promotor, liquidador y/o agente interventor. El aspirante a formar parte de la lista de auxiliares de la justicia podrá inscribirse en uno solo de los cargos, en dos de los tres o en los tres.

4.

La jurisdicción en la que desea ejercer. El aspirante a formar parte de la lista de auxiliares de la justicia sólo podrá inscribirse en una jurisdicción. Dicha jurisdicción debe corresponder al domicilio principal del aspirante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.2.11.2.3 del presente decreto, o, respecto de las personas jurídicas al domicilio que se encuentre acreditado en el certificado de existencia y representación legal correspondiente o en el documento que haga sus veces.

5.

La categoría a la cual desea pertenecer. El aspirante a formar parte de la lista de auxiliares de la justicia podrá inscribirse en una o más categorías siempre que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente capítulo para cada una de las categorías que señale.

6.

El sector o sectores en los cuales tenga experiencia específica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.2.11.2.3 del presente decreto.

7.

El nivel al que corresponde su infraestructura técnica y administrativa: superior, intermedio o básico. El aspirante a formar parte de la lista de auxiliares de la justicia deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.2.11.2.3 y en las regulaciones de índole técnico existentes o que se expidan con posterioridad.

8.

Relacionar el grupo de profesionales y técnicos que le prestarán servicios en el desarrollo de sus funciones como auxiliar de la justicia. Para el caso de los profesionales, el auxiliar de la justicia acreditará ante la Superintendencia de Sociedades la vigencia de la licencia, matrícula o tarjeta profesional expedida por la entidad competente que lo autorice para ejercer la profesión, según lo dispongan las normas vigentes que resulten aplicables.

9.

Si se encuentra incurso en alguna situación que conlleve un conflicto de intereses, de conformidad con lo previsto en la Sección 5 del Capítulo 11 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del presente decreto.

Parágrafo 1

El aspirante a formar parte de la lista de auxiliares de la justicia manifestará, bajo la gravedad de juramento, que la información y los documentos que ha proporcionado son veraces, no conducen a engaño o falsedad y están completos. El juramento se entiende prestado con el diligenciamiento del formato electrónico de hoja de vida y el formulario de inscripción.

Parágrafo 2

La Superintendencia de Sociedades podrá exigir el suministro de información adicional en el evento en que requiera verificar el cumplimiento de alguno de los requisitos.

Parágrafo 3

El aspirante a auxiliar de la justicia podrá suministrar con su solicitud otros anexos que estime relevantes para acreditar su idoneidad y transparencia, como balances o certificaciones contables, declaraciones de bienes y rentas, entre otros.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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