º . La Junta Directiva estará integrada en forma políticamente paritaria así: El Ministro de Obras Públicas, quien la presidirá. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, y dos (2) miembros designados libremente por el Presidente de la República con sus respectivos suplentes personales de la misma filiación política que los principales; Los Ministros miembros de la Junta Directiva designarán sus correspondientes representantes permanentes, que los reemplazarán en sus faltas temporales.
En cumplimiento del sistema de política paritaria, los miembros de la Junta Directiva nombrados por el Presidente de la República serán reemplazados al cambiar de filiación política los Ministros que hacen parte de la Junta. Lo mismo ocurrirá con los representantes de los Ministros a que se refiere el presente artículo.