Micelio

Artículo 1

Los Municipios En Cuyo Territorio Se Exploten Yacimientos De Petróleo Pueden Percibir La Participación Que Les Está Asignada En El Artículo 12 De La Ley 37 De 1931, Sin Necesidad De Llenar Los Requisitos Indicados En El Artículo 30 Del Decreto 1270 De 1931, La Cual Disposición Queda Modificada Por La Presente

Decreto 445 de 1941 · Por el cual se modifica el artículo 30 del Decreto ejecutivo número 1270 de 1931

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los Municipios en cuyo territorio se exploten yacimientos de petróleo pueden percibir la participación que les está asignada en el artículo 12 de la Ley 37 de 1931, sin necesidad de llenar los requisitos indicados en el artículo 30 del Decreto 1270 de 1931, la cual disposición queda modificada por la presente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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