Responsabilidades de la Entidad Territorial en los Centros . Los municipios y distritos de acuerdo con sus competencias constitucionales y legales deben apropiar los recursos necesarios en los planes de desarrollo para el funcionamiento de los centros de atención que garanticen los gastos administrativos, tecnológicos, y operativos Para tal fin pueden celebrar convenios interadministrativos con la Unidad Administrativa Especial de Atención y Reparación Integral a las Víctimas. La infraestructura física de los Centros de Atención y Reparación a las Víctimas, su funcionamiento y sostenibilidad son garantizados por las entidades territoriales. Para ello, deben aportar recursos y bienes muebles e inmuebles requeridos, para el cumplimiento de los objetivos propuestos, atendiendo estándares de calidad, salud ocupacional y accesibilidad que permitan atender a las víctimas con dignidad.
Atendiendo al principio de subsidiaridad el Gobierno Nacional y las Gobernaciones deben apoyar a los municipios que no cuenten con la capacidad de gestión técnica, operativa y financiera para la creación y fortalecimiento de los Centros de Atención y Reparación a las Víctimas.