Micelio

Artículo 220

Trazador Presupuestal Para La Paz

Ley 1955 de 2019 · LEY 1955 DE 2019, 25/05/2019, por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para cada vigencia fiscal, las entidades estatales del orden nacional conforme a sus com­petencias identificarán mediante un marcador presupuestal especial denominado -Construcción de Paz- las partidas presupuestales tanto de funcionamiento como de inversión, destinadas a cumplir la imple­mentación del Acuerdo de Paz. Esta información deberá conformar el proyecto de Ley del Presupuesto General de la Nación que se presente al Congreso anualmente, durante el tiempo de ejecución del PMI, como un anexo denominado Anexo Gasto Construcción de Paz PGN.

En la elaboración del Plan Operativo Anual de Inversiones que prio­riza el Departamento Nacional de Planeación, se identificarán los pro­yectos de inversión que dispondrán del nuevo trazador presupuestal a que hace referencia el inciso anterior.

El Departamento Nacional de Planeación por su parte deberá garan­tizar que los proyectos formulados para implementar las acciones con ocasión al Plan Marco de Implementación se encuentren alineados con la implementación de la Hoja de Ruta, sean identificados de igual ma­nera con la denominación Construcción de Paz.

Las Entidades Estatales del orden nacional conforme a sus compe­tencias deberán reportar periódicamente el avance de los indicadores estipulados en el Plan Marco de implementación en el Sistema de Infor­mación Integral para el Posconflicto (SIIPO), o el que para estos fines disponga el Gobierno nacional, información que deberá ser pública. La Consejería Presidencial para la Estabilización y Consolidación en arti­culación con el Departamento Nacional de Planeación estarán a cargo del Sistema.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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