Artículo séptimo. Las Cámaras de Comercio de Tunja y de Sogamoso, para los efectos de la elección, enviarán a la Junta pro-Cámara de Comercio y al Alcalde Municipal de Duitama las listas de los comerciantes e industriales de los Municipios que van a segregarse de sus jurisdicciones y posteriormente entregarán los documentos referentes a las actividades comerciales de aquéllos, para los archivos de la nueva Cámara.
Decreto 1216 de 1969 →Vigente
Artículo 7
Decreto 1216 de 1969 · por el cual se crea la Cámara de Comercio de Duitama en el Departamento de Boyacá.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.