Micelio

Artículo 127

Ley 576 de 2000 · Por la cual se expide el Código de Etica para el ejercicio profesional de la medicina veterinaria, la medicina veterinaria y zootecnia y zootecnia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Trámite. Recibido el proceso en el Tribunal Nacional de Etica Profesional o en el Consejo Profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia de Colombia según sea el caso, será repartido y el Funcionario Ponente dispondrá de quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha en que entre a su Despacho para presentar proyecto de decisión y la Sala, de otros quince (15) para decidir.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 576 de 2000