Si como resultado de la vigilancia y control sanitarios, aparece alteración, adulteración o falsificación de alimentos o materias primas, además de las medidas sanitarias de seguridad y preventivas que se puedan aplicar, la autoridad competente dará aviso inmediato al Ministerio de Salud o al Servicio Seccional de Salud o la autoridad sanitaria delegada para que se proceda a determinar la suspensión o cancelación de la licencia de transporte, del registro sanitario, del certificado de aptitud sanitaria o de la licencia sanitaria de funcionamiento, en los términos del presente Decreto. Las anteriores medidas se entenderán sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o de otra índole que se pueda derivar a los responsables, de lo cual se dará aviso inmediato e ilustración a las autoridades competentes. Aplicación de sanciones. Amonestaciones.
Artículo 189
Si Como Resultado De La Vigilancia Y Control Sanitarios, Aparece Alteración, Adulteración O Falsificación De Alimentos O Materias Primas, Además De Las Medidas Sanitarias De Seguridad Y Preventivas Que Se Puedan Aplicar, La Autoridad Competente Dará Aviso Inmediato Al Ministerio De Salud O Al Servicio Seccional De Salud O La Autoridad Sanitaria Delegada Para Que Se Proceda A Determinar La Suspensión O Cancelación De La Licencia De Transporte, Del Registro Sanitario, Del Certificado De Aptitud Sanitaria O De La Licencia Sanitaria De Funcionamiento, En Los Términos Del Presente Decreto
Decreto 2333 de 1982 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la ley 9ª de 1979, en cuanto a las condiciones sanitarias de las fábricas, depósitos y expendios de alimentos; de los alimentos; del transporte y la distribución de los mismos, y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.