Micelio

Artículo 5

º Para Los Efectos Previstos En El Presente Decreto, El Gobierno Efectuará Las Incorporaciones Al Presupuesto Nacional, Previo Estudio Del Departamento Nacional De Planeación Elaborado De Acuerdo Con Las Prioridades Propuestas Por El Fondo De Reconstrucción, Resurgir Y El Fondo Rotatorio Del Ministerio De Justicia

Decreto 399 de 1986 · por el cual se ordena la redistribución de recursos públicos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para los efectos previstos en el presente Decreto, el Gobierno efectuará las incorporaciones al Presupuesto Nacional, previo estudio del Departamento Nacional de Planeación elaborado de acuerdo con las prioridades propuestas por el Fondo de Reconstrucción, Resurgir y el Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 399 de 1986