Micelio

Artículo 4

Ley 15 de 1923 · Sobre Casas de Menores y Escuelas de Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los casos de concierto voluntario, los padres o tutores tienen la obligación de no retirar a sus concertados antes de un año, y si cumplido este, el concertado no estuviere suficientemente corregido a juicio del Consejo Disciplinario del establecimiento, podrá ser detenido en el hasta por seis meses más.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 15 de 1923