Micelio

Artículo 2.2.7.9.2

Ventanilla Preferencial

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ventanilla preferencial. Los beneficiarios –única y exclusivamente– en condición de discapacidad, es decir, los que señala expresa y taxativamente el numeral 2 del artículo 2° de la Ley 1699 de 2013 al acercarse a las ventanillas de atención al ciudadano de las entidades que presten servicios públicos, podrán utilizar bien sea una nueva ventanilla que estas dispongan para ellos, de ser el caso; o las ya existentes y que son de uso preferencial para personas con discapacidad, mujeres embarazadas y personas de la tercera edad (o adultos mayores), en general.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1070 de 2015