Artículo cuarto. Los deudos o encargados dela guarda de una cadáver que se opongan a la viscerotomía, serán obligados a permitirla bajo multas de cinco ($5.oo) a cien ($100.oo) pesos moneda corriente, que impondrá el representante del Instituto de Estudios Especiales "Carlos Finlay", sin perjuicio de que las autoridades de policía dispongan lo conveniente para que la viscerotomía o autopsia se efectúe inmediatamente.
Decreto 216 de 1953 →Vigente
Artículo 4
Decreto 216 de 1953 · Por el cual se establece la viscerotomía como medio de investigación para la fiebre amarilla
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.