Artículo quinto. Auditaje sobre los fondos . La Superintendencia Bancaria auditará los fondos que en virtud del contrato de fideicomiso maneje la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, conforme al presente Decreto. La Auditoría de la Contrataría General de la República ante el Ministerio de Agricultura ejercerá el control posterior de la inversión de, los mismos fondos y, además, controlará la inversión de los recursos provenientes de las cuotas de fomento a que se refiere el literal b) del artículo segundo de este Decreto, según el reglamento especial que se dicte para el efecto.
Decreto 211 de 1969 →Vigente
Artículo 5
Decreto 211 de 1969 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto extraordinario 2420 de 1968.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.