Micelio

Artículo 1

Las Funciones Del Representante Del Ministerio De Obras Públicas En La Embajada De Colombia En Washington Y Los Del Agente De Los Ferrocarriles Nacionales En New York, Estarán A Cargo De Un Solo Funcionario Que Se Denominará Representante Del Ministerio De Obras Públicas Y De Los Ferrocarriles Nacionales De Colombia En Los Estados Unidos De América, El Cual Tendrá Las Funciones Encomendadas A Aquellos Funcionarios Y Las Demás Que Le Atribuyan El Ministerio De Obras Públicas Y El Consejo Administrativo De Los Ferrocarriles Nacionales

Decreto 2224 de 1953 · Por el cual se refunden unas funciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las funciones del representante del Ministerio de Obras Públicas en la Embajada de Colombia en Washington y los del Agente de los Ferrocarriles Nacionales en New York, estarán a cargo de un solo funcionario que se denominará Representante del Ministerio de Obras Públicas y de los Ferrocarriles Nacionales de Colombia en los Estados Unidos de América, el cual tendrá las funciones encomendadas a aquellos funcionarios y las demás que le atribuyan el Ministerio de Obras Públicas y el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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