Micelio

Artículo 483

El Juez, En El Auto Que Decreta La Práctica De La Prueba Pericial, Formulará Los Cuestionarios Que Hayan De Ser Absueltos Por El Perito

Decreto 250 de 1958 · Junta militar de gobierno- por el cual se expide el código de justicia penal militar

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Juez, en el auto que decreta la práctica de la prueba pericial, formulará los cuestionarios que hayan de ser absueltos por el perito. Antes de practicarse la prueba pericial propondrá también el Juez al perito los cuestionarios que presenten con tal fin, el procesado y el agente del Ministerio Público.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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