º El Alcalde Mayor deberá informar periódicamente al Instituto Nacional del Transporte sobre el ejercicio de las funciones que se delegan. Igualmente deberá remitirle copia de cada una de las providencias o decisiones que con base en las mismas se expidan.
Decreto 1128 de 1977 →Vigente
Artículo 8
El Alcalde Mayor Deberá Informar Periódicamente Al Instituto Nacional Del Transporte Sobre El Ejercicio De Las Funciones Que Se Delegan
Decreto 1128 de 1977 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 007 de 1977, expedido por la Junta Directiva del Instituto Nacional del Transporte
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.