Micelio

Artículo 54

Ley 45 de 1923 · Sobre establecimientos bancarios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Después que el Superintendente haya tomado posesión de los haberes y negocios de tal establecimiento bancario, hará un inventario por duplicado de su activo. Archivará un ejemplar de éste en su oficina y el otro lo destinará al protocolo de la Notaria del Circuito en donde esté situada la Oficina principal de los negocios de dicho establecimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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