Micelio

Artículo 49

Ley 149 de 1896 · Sobre recompensas militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Deróganse las Leyes 44 y 70 de 1888, 84 de 1890 sobre recompensas militares, el Título I, libro 3.º del Código Militar, con excepción del Capítulo 1.º y todas las disposiciones que en las Leyes 50 de 1886 y 153 de 1887 fueren contrarias a la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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